Derechos Humanos
Alejandra Pérez HuertaNorberto Bobbio establece que una definición mínima de democracia requiere de la existencia del derecho de sus ciudadanos a participar directa o indirectamente en las decisiones colectivas y reglas que determinen la manera de escoger a sus representantes y su forma de actuar (Bobbio, 1986). Para que esto pueda realizarse de forma efectiva, se requiere de uno de los principios básicos de toda democracia: la igualdad. Estableciendo que todas las personas deben gozar de los mismos derechos ante la ley, sin excepciones, tal y como se establece en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM):
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. […] Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, […] o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Desafortunadamente, en México como en gran parte de los países de Latinoamérica, se constatan asimetrías y desigualdades en el acceso y goce pleno del ejercicio de los derechos político-electorales de los ciudadanos. Entre los sectores que no han encontrado su representación efectiva en los cargos de elección popular e incorporación de sus intereses en el escenario político están los pueblos indígenas. Tal y como lo señala el artículo 2 de la CPEUM:
La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciónes que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.
La incorporación de los pueblos indígenas –así como de otros grupos que se encontraban en situación de desigualdad– ya se ha planteado anteriormente, pero durante gran parte del siglo pasado, el sistema político fue cerrado y exclusivo, debido a que solamente un partido dominaba el territorio mexicano, y no precisamente porque fuera el más popular o el más querido, sino porque no había más opciones efectivas.
Fue en 1977 cuando el secretario de Gobernación, Jesús Reyes Heroles, durante su discurso en la sesión en la que el gobernador del estado de Guerrero rindió su segundo informe de gobierno, hizo visible la necesidad de integrar las diversas ideologías que componen el país, ya que, si a las minorías se les dejaba sin la posibilidad de expresión, ellos podrían provocar el despertar de un México violento (Córdova, 2019). Esto último no estaba lejos de ser una realidad.
Desde entonces se realizaron importantes reformas electorales orientadas a enraizar el diseño institucional. Entre ellas se encuentran las de 1977, 1988 y 1990, las cuales hicieron posible la inclusión y la representación de la pluralidad política en el ámbito institucional, la construcción de instituciones que dieran certeza en los procesos electorales, y las condiciones de equidad en la competencia electoral.
Sin embargo, el tema de la representación de los pueblos y las comunidades indígenas y el acceso a dichos cargos públicos siguió quedando pendiente.
Tuvieron que pasar un par de años más para que en la reforma electoral de1992 y posteriormente la de 2001, se tratara el tema de manera sustancial, de tal forma que se crearon 28 distritos indígenas. Además, se reformó la Constitución en 2001, quedando establecido en su artículo 2 párrafo quinto, apartado A:
Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación.
Lo anterior, un poco fuera de tiempo, si tomamos en cuenta que es hasta inicios de este siglo cuando se redefine jurídicamente a las comunidades indígenas, las cuales han sido la población original del país desde hace siglos. Y tuvieron que pasar otros quince años para que se estableciera en el mismo artículo, en el párrafo B, que la Federación, las entidades y los municipios promovieran la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminaran prácticas discriminatorias, determinando para ello políticas necesarias, con el fin de garantizar los derechos de los indígenas y el desarrollo de sus pueblos.
Aunque, curiosamente desde la implantación de la creación de los 28 distritos indígenas, el número de representantes indígenas en la Cámara de Diputados descendió considerablemente. Las candidaturas ganadoras llegaron a 14 en 2006 y bajaron a 10 en las elecciones de 2009; posteriormente, el número bajó a 7 en 2012, y luego a 6 en 2015 (Singer, 2021).
Ante esta situación, previo al proceso electoral de 2017-2018, el Instituto Nacional Electoral planteó la necesidad de implementar acciones afirmativas para dar condiciones de igualdad y fomentar su incorporación en la Cámara de Diputados. Bajo el Acuerdo INE/CG508/2017 quedó aprobada la propuesta el 8 de noviembre de 2017, quedando establecido que los partidos políticos nacionales debían postular a personas que se autoadscribieran como indígenas en doce de los distritos federales que contaran con 40% o más de la población indígena.
Este avance en la equidad de los derechos político-electorales no fue bien recibido por todos los partidos políticos. El Partido del Trabajo (PT), Encuentro Social, y el Partido Verde Ecologista (PVEM) llegaron al Tribunal Electoral para revertir la decisión. Lo anterior, con el argumento de que se transgredía la prohibición constitucional de realizar reformas a la normatividad electoral fuera de los 90 días antes del inicio del proceso electoral (Singer, 2021).
La respuesta del Tribunal fue decisiva, fortaleciendo la propuesta del INE adhiriendo otro distrito electoral, bajo el requisito de validar la postulación mostrando constancias que acreditaran el vínculo del candidato con la comunidad de pertenencia.
Esta serie de acciones permitieron que en los comicios de 2021 se registraran 169 candidatos del sector indígena. Veinte candidatos que compitieron por mayoría relativa ganaron por acción afirmativa. Y en el caso de candidatos de representación proporcional se obtuvieron 13 triunfos, lo cual dio lugar a que la LXV legislatura de la Cámara de Diputados tuviera el mayor número de representantes indígenas que se ha registrado en la historia.
Está claro que todavía hay un camino largo por recorrer para lograr la efectiva participación e integración de todas y todos los mexicanos en el escenario político-electoral, y se seguirá avanzando si se tiene la intención y la disposición de hacerlo, sobre todo en aquellos que tienen la facultad para hacerlo.
En los tiempos que corren, se tiene la intención de reformar la Ley Electoral y se observa un énfasis en los temas de régimen de gobierno y de partidos, autoridades electorales y fiscalización, pero no en el tema de representación e integración de las comunidades indígenas y de grupos en situación de vulnerabilidad.
Como se ha mencionado al principio, la democracia necesita de la participación de todos sus ciudadanos en igualdad de condiciones, y sin la integración del sector indígena, así como la de todos los demás, la democracia en nuestro país será una mera simulación.

Alejandra Pérez Huerta
Licenciada en Ciencia Política por la Universidad de las Américas Puebla. Actualmente se encuentra estudiando un diplomado en derecho electoral. Se dedica a la comunicación política en medios digitales en la Consultora Política, Politólogos Digitales.